Políticas de Viaje

Artículos Peligrosos

Por razones de seguridad en el equipaje no debe haber artículos peligrosos, tales como:

 
  • Carteras o maletines con sistemas de alarma incorporados.
  • Gases inflamables, no inflamables o venenosos como butano, oxígeno, propano o botellas de aire comprimido para bucear.
  • Corrosivos, tales como ácidos, álcalis y acumuladores eléctricos húmedos como por ejemplo baterías.
  • Agentes ecológicos tales como bacterias, virus y demás.
  • Explosivos, armas, municiones, fuegos artificiales o bengalas.
  • Líquidos y sólidos inflamables, tales como combustibles para encendedores o calentadores, fósforos o artículos fácilmente flamables.
  • Materiales oxidantes, tales como cloruro de cal o peróxidos.
  • Venenos, como arsénico, cianuro, insecticidas o herbicidas.
  • Otros artículos peligrosos tales como mercurio, materiales magnetizados o materiales peligrosos o irritantes. Pueden llevarse en cantidades limitadas: medicinas o artículos de aseo necesarios para el viaje, como aerosoles para el cabello, perfumes o medicinas que contengan alcohol. Solicite información complementaria si lo considera necesario.


Límite de Responsabilidad para Pasajeros Internacionales

Los pasajeros cuyo viaje comprenda un destino final o una escala en un país que no sea el de origen durante todo su viaje, incluso en cualquier trayecto situado enteramente en un país, pueden aplicarse las disposiciones del tratado conocido como Convenio de Varsovia y el Convenio de Montreal. Respecto a estos pasajeros estos convenios que incluyen los contratos especiales de transporte incorporados en materia de tarifas aplicables, estipulan la responsabilidad del transportista por la muerte o lesión del pasajeros. Los nombres de los transportistas que son parte de dichos contratos especiales están disponibles en todas las oficinas de ventas de tales transportistas y pueden consultarse previa solicitud.

 

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¿Cómo comprar su boleto a través de Copaair.com?
copaair.com es la mejor opción para comprar pasajes aéreos. Podrá hacer su compra a su conveniencia desde su domicilio u oficina sin hacer filas. Aquí encontrará los mejores precios y beneficios adicionales como por ejemplo millas de bonificación del programa OnePass.

Desde la opción Reserve su viaje podrá planificar su viaje seleccionando sus preferencias.

Tenga la tranquilidad de que puede comprar en nuestro sitio con total seguridad. Todas las transacciones de compra a través de copaair.com se están certificadas por VeriSign Secure que es el estándar de la industria en términos de seguridad. VeriSign es un estándar de seguridad reconocido y confiable para realizar transacciones de comercio electrónico. Este sistema codifica toda su información personal incluyendo el número de su tarjeta de crédito, nombre y dirección garantizando que no pueden ser leídos cuando se realiza el trámite.

 

Condiciones generales para comprar a través de copaair.com

 

Le recomendamos leer detenidamente. En caso de tener alguna duda, diríjase a un representante de Copa Airlines.


Reservaciones de Vuelo:


  • Por seguridad se limita el número máximo de compras que un cliente puede realizar en un mismo día.
  • Cada reservación hecha a través de copaair.com puede contener hasta un máximo de 9 pasajeros.
  • Solo pueden comprarse boletos aéreos para las ciudades listadas en los campos de origen y destino.
  • Las notificaciones de reservación, los comprobantes de pago y otros comunicados concernientes a la reserva hecha por el cliente serán enviados a la dirección de correo electrónico suministrada por éste durante el proceso de compra.
 

Tarifas, Impuestos y Sobrecargos:


  • Las tarifas pueden estar sometidas a restricciones especiales.
  • Las tasas, impuestos y sobrecargos de seguridad y combustible, no forman parte de las tarifas publicadas por la aerolínea pero se incluyen en la cotización y en el cargo final, exceptuando aquellos exigidos por los gobiernos locales que deben pagarse en el aeropuerto.
  • Previo al cargo, el sistema mostrará por separado:
    • El valor de la tarifa más los sobrecargos para cada persona en la reserva.
    • Los impuestos 
    • El valor total a carga.
  • Para asegurar la tarifa escogida, debe adquirir los boletos en el país en el cuál se origina el vuelo, de lo contrario podrían aplicar impuestos adicionales.

         Compras con Tarjetas de Crédito:

  • Las compras con tarjeta de crédito son autorizadas de manera inmediata, pero están sujetas a la aprobación del banco emisor. 

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Compras con Tarjeta de Crédito para Pasajeros Originando en Brasil:

 

A partir del 10 junio 2007 no se requerirá la firma del comprobante para compras con tarjeta de crédito para pasajeros originando en Brasil.  


Compras con Efectivo:   

  • El cliente que compre en copaair.com con la alternativa de pagar en efectivo debe hacer el pago en un plazo no mayor de 48 horas. De no ser así la reserva se cancelará automáticamente.
  • Para efectuar el pago solo debe presentar el código de la reserva en alguno de estos sitios:
    • Oficinas de venta de Copa Airlines.
    • Centros e-Pago autorizados (Sólo en Panamá).
    • Mostradores de Copa Airlines en el aeropuerto.
 
 

Anulaciones y Devoluciones:

  • El cliente dispone de 24 horas después de realizada la compra en copaair.com para anular tal reservación sin cargos ni penalidades. Para anular una reservación escriba al correo electrónico reservas@copaair.com
  • Cualquier cancelación fuera de este plazo queda sujeta a todas las restricciones, cargos o penalidades que aplican para la tarifa comprada.

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Contrato: Condiciones del Boleto Aéreo
  1. A los efectos de este contrato, “boleto” significa boleto de pasaje / talón de equipaje, o este itinerario /recibo, si aplica, en el caso de los boletos electrónicos, del cual forman parte las presentes condiciones y avisos “transportista” significa todo transportista aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo “boleto electrónico” significa el itinerario del pasajero / recibo emitido por o en nombre de la aerolínea, los cupones electrónicos y, si aplica, los documentos de abordar. “CONVENIO DE VARSOVIA” significa el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929, o dicho Convenio tal como fue enmendado en La Haya el 28 de septiembre de 1955, según sea el caso.
  2. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia, a menos que el transporte no sea “transporte internacional” según se define en dicho Convenio.
  3. En tanto no se halle en contraposición con el párrafo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: (i) las disposiciones que figuran en este billete, (ii) las tarifas aplicables, (iii) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte del contrato (y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista), excepto en el caso de transporte realizado entre un punto de los Estados Unidos o Canadá y cualquier punto fuera de dichos países, para el cual serán de aplicación las normas vigentes en los mismos.
  4. El nombre del transportista puede aparecer abreviado en el billete, siempre que el nombre completo y su abreviatura figuren en los manuales, condiciones de transporte, reglamentos u horarios del transportista; la dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte realizado en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.
  5. El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.
  6. Las exenciones o limitaciones del transportista contenidas en el presente billete serán de aplicación a sus agentes, empleados y representantes así como a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista en la ejecución del transporte, y a sus agentes, empleados y representantes.
  7. El equipaje facturado será entregado al portador del talón del equipaje. En el caso de daños en el transporte internacional deberá presentarse por escrito inmediatamente después de descubrirse el daño y antes de salir del recinto aduanal y a lo sumo dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega; en caso de demora, el reclamo deberá presentarse por escrito y antes de la salida del recinto aduanal y a lo sumo dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Véanse los manuales o condiciones aplicables para el transporte no internacional.
  8. Este billete es válido por un año desde la fecha de emisión, a menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones de transporte o en los reglamentos aplicables. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. El transportista puede negarse a efectuar el transporte en caso de falta de pago de la tarifa aplicable.
  9. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir puntos de parada previstos en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de hacer las conexiones.
  10. El pasajero deberá cumplir los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.
  11. Ningún agente, empleado o representante del transportista tendrá autoridad para alterar, modificar o hacer renuncia de cualquiera de las disposiciones de este contrato.
  12.  

El Transportista se reserva el derecho de rehusar a cualquier persona que haya adquirido un Pasaje en violación a las leyes aplicables a Líneas Aéreas, Tarifas, Condiciones y Regulaciones.

 

Nota: Límite de Responsabilidad


La responsabilidad por pérdida, retraso, o daño al equipaje está limitada como sigue al menos que se declare por adelantado un valor más alto y que se paguen cargos adicionales. Para la mayoría de los viajes internacionales (incluyendo porciones nacionales de viajes internacionales) el límite de responsabilidad es de aproximadamente $9.07 por lb. (US$20.00 por Kg.) por equipaje registrado y US$400.00 por pasajeros por equipaje no registrado. Para viajes dentro de puntos de USA, las reglas Federales indican que el límite de responsabilidad para todos los transportistas es de US$1,250.00 mínimo por pasajero. El valor excedente puede ser declarado en ciertos tipos de artículos. Algunos transportistas no asumen responsabilidad por artículos frágiles o perecederos. Puede obtenerse información adicional del transportista.

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En Caso de Sobre Venta:
Algunos vuelos pueden tener más pasajeros confirmados de los que se puede acomodar el vuelo, esto se debe a los procedimientos normales de reservas y no se negará el abordaje a ningún pasajero sin antes haber solicitado voluntarios para ceder su asiento a cambio de una compensación designada. La compensación usualmente incluye un certificado de viaje. De no haber suficientes voluntarios, generalmente se le negará el abordaje a aquellos pasajeros que no hayan cumplido con el requisito de presentación para el vuelo al menos dos horas antes de la salida y nunca menos de sesenta minutos previos a la misma. No obstante, aquellos que si hayan cumplido con estos requisitos tendrán derecho a compensación.

Las restricciones en el uso de certificados de viaje:

 

  • Es válido por un año desde su fecha de emisión
  • No es endosable
  • No es reembolsable
  • No tiene valor residual
  • No se reemplaza en caso de pérdida
  • Su valor no debe exceder los USD 500.00


Jubilados o Pensionados de la Caja de Seguro Social de Panamá:

Nuestro sistema de cotización de tarifas en copaair.com no realiza el cálculo del descuento al que tienen derecho los jubilados y pensionados de la Caja del Seguro Social de la República de Panamá. Por favor visite cualquiera de nuestros puntos de ventas para efectuar su compra con su correspondiente descuento. Debe presentar la identificación adecuada.


Al Momento de Viajar

  • Se recomienda presentarse al mostrador del aeropuerto al menos tres horas antes de la salida del vuelo para garantizar que su reservación no sea cancelada aún si ha sido confirmada previamente.
  • Su reservación de asiento será garantizada hasta 60 minutos antes de la salida del vuelo.
  • Debe presentarse en la puerta de embarque al menos 30 minutos antes de la salida del vuelo para mantener su reservación y el asiento asignado.

 

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Recomendaciones sobre el Manejo de Equipaje

  • Prepare su equipaje personalmente.
  • Identifique su equipaje con nombre, dirección y teléfono por dentro y por fuera.
  • Cada maleta debe pesar menos de 32 kilos.
  • Los objetos valiosos como dinero, joyas, cheques viajeros, documentos negociables, medicamentos y documentos importantes deben ser empacados dentro de su equipaje personal.
  • Asegúrese que la colilla colocada en el equipaje coincida con su destino. Consulte al agente en el mostrador.
  • Se puede obtener cobertura de seguro adicional para ciertos artículos, por favor contáctenos para más información.
  • Los artículos frágiles tales como pinturas, cuadros enmarcados, botellas, cerámicas, entre otros deben ser embalados en madera.
  • Los objetos perecederos o frágiles se facturarán bajo la responsabilidad del pasajero.
  • No acepte llevar el equipaje de otras personas por su seguridad.
  • No abandone su equipaje en ningún momento.
  • Al reclamar su equipaje en su destino compruebe que la colilla corresponda a la que le fue asignada. Muchos equipajes se parecen y pueden confundirse.
  • Fumar no está permitido en ninguno de los vuelos de Copa Airlines.

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Requisito de Vacunación de Fiebre Amarilla para Pasajeros Viajando hacia Brasil

Todo pasajero que viaje con destino a Brasil cuyo viaje origine en un país considerado endémico requiere presentar un Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla o tarjeta certificada de vacunación, de no ser así este pasajero será regresado a su país de procedencia.

 

Países Endémicos
de Centro y Sur América

Bolivia

Brasil

Colombia

Ecuador

Guyana

Guyana Francesa

Panamá

Perú

Suriname

Trinidad  y Tobago

Venezuela

 

Todo pasajero  vacunado  por primera vez, tiene  como requisito para la validez de esta vacuna, que se coloque  con 10 días mínimos  de anterioridad a la fecha de viaje. 

Pasajeros que originan en países no endémicos (los que no aparecen en la tabla)   y que viajan en tránsito por Panamá no requieren la vacuna de fiebre amarilla.

 

Requisitos de vacunación para entrar a Venezuela

Según información de la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Panamá, el procedimiento de solicitud de certificado de vacunación contra la fiebre amarilla permanecerá vigente hasta nuevo aviso.

La República de Panamá está incluida en la lista de países epidémicos por lo que este requisito es de cumplimiento obligatorio para todos los pasajeros que originen su viaje en Panamá. Los pasajeros en tránsito que utilicen a Panamá o Venezuela como punto de conexión no tienen que acogerse a este requisito.

También se solicitará el certificado de vacunación contra la fiebre amarilla a los pasajeros que originen su viaje en Brasil, Guyana Francesa, Surinam, Trinidad y Tobago, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y África.

El ingreso definitivo del pasajero dependerá de las autoridades migratorias o de salud del aeropuerto internacional Simón Bolívar.

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Requisito de Vacunación de Fiebre Amarilla para Pasajeros Viajando a Honduras

Le informamos que todo pasajero con destino a Honduras cuyo viaje origine en un país considerado endémico requiere presentar su Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla o Tarjeta certificada de vacunación, de no ser así este pasajero será regresado a su país de procedencia.

 

Países Endémicos
de Centro y Sur América

Brasil

Colombia

Ecuador

Perú

Trinidad  y Tobago

Venezuela

 

 

Todo pasajero  vacunado  por primera vez, tiene  como requisito para la validez de esta vacuna, que se coloque  con 10 días mínimos  de anterioridad a la fecha de viaje y con fecha de aplicación no mayor a 10 años.

Pasajeros que originan en países no endémicos (los que no aparecen en la tabla) y que viajan en tránsito por Panamá no requieren la vacuna de fiebre amarilla.

 

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Requisito de Vacunación de Fiebre Amarilla para Pasajeros Viajando a Costa Rica
 

Todo pasajero con destino a Costa Rica, cuyo viaje origine en un país considerado de riesgo (ver cuadro), debe presentar como requisito previo para ingresar a este país un Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla vigente, o en su defecto un dictamen médico avalado por la autoridad sanitaria del país de origen en el que conste la contraindicación por la cual no puede vacunarse.

Excepciones:

  • Los pasajeros que hayan estado solamente en tránsito en dichos países.
  • Pasajeros cuyo viaje originó en un país de riesgo, pero que previo al ingreso a Costa Rica ha permanecido por al menos 6 días en un tercer país (que no es considerado de riesgo),  sin haber desarrollado la fiebre.
  • Menores de 9 meses de edad,  personas mayores de 60 años.
  • Personas con alergia severa al  huevo.
  • Inmunosupresión.
  • Mujeres embarazadas o en período de lactancia.
  • Hipersensibilidad a la gelatina.
  • Enfermedad del Timo actual o historia de haberla padecido.
  • Historia familiar de eventos adversos  asociados a la vacunación contra la fiebre amarilla
  • Infección asintomática con VIH, con verificación de laboratorio de adecuada función del sistema inmune.
  • El Certificado no será exigible a los nacionales  y residentes en Costa Rica durante los períodos de no disponibilidad de las vacunas en el país.
 

*A partir de la entrada en vigencia de esta disposición y hasta nuevo aviso, no hay disponibilidad de vacunas en Costa Rica.

Vigencia de Certificado Internacional de Vacunación contra Fiebre Amarilla: 10 días naturales a partir de fecha

 

Países de riesgo
de Caribe,Sur América y Africa sub Sahariana

Brasil, Colombia, Ecuador, Bolivia

Perú, Venezuela,Guyana Francesa.

Angola,Benin,Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Liberia,Nigeria, Sierra Leona y Sudán

 

 

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Transportar Líquidos, Gels y/o Aerosoles (LAG) desde y hacia Estados Unidos.

La agencia de seguridad de transporte (TSA) de los EEUU ha realizado ajustes a las medidas de seguridad:

  • Los pasajeros podrán llevar líquidos, geles y/o aerosoles en cantidades limitadas al momento de llegar al punto de revisión o en la puerta de abordaje en una bolsa plástica transparente que pueda volver a sellarse, cuya dimensión debe ser de 1 litro. El tamaño de los artículos no deberá exceder las 3.4 oz. (100 ml.), y deben caber en la misma cómodamente. La bolsa de plástico debe estar completamente cerrada o sellada y presentarse para inspección de rayos X por separado del equipaje de mano del pasajero. Los artículos de mayor tamaño pueden ser transportados en el equipaje facturado.

 

 

  • Los pasajeros podrán llevar los siguientes artículos: Leche materna o jugo e Insulina y medicinas esenciales para diabéticos, pero deberá declararlos a la TSA o al personal de revisión si no están contenidos en la bolsa plástica o exceden la cantidad de 3.4 oz. (100 ml.) individualmente. La aerolínea o su representante deberán evaluar si la cantidad de líquidos y/o geles están en cantidades razonables con el itinerario de vuelo del pasajero.
  • Se elimina el requisito del nombre del pasajero en la prescripción médica.
  • Se les permitirá a los pasajeros llevar, como equipaje de mano, líquidos, geles y/o aerosoles que hayan sido comprados en el área de abordaje del aeropuerto de Panamá (Tiendas de la Zona Libre), si se han comprado en otros aeropuertos deberán facturar los artículos al llegar a Panamá, por ser el último punto de partida hacia Estados Unidos En el caso de Panamá, los dependientes de las tiendas deberán entregar los artículos comprados en la puerta de abordaje. En los aeropuertos de Estados Unidos, los pasajeros que compren líquidos y/o geles en las tiendas libres de impuestos pueden llevarlos consigo para abordar el avión.

 

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Nuevas directrices respecto a los Controles de Seguridad para la Inspección de lLquidos, Gels, Aerosoles y Artículos de similar consistencia recomendadas por el Consejo de la OACI como medidas Provisionales.


Según las disposiciones establecidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil respecto a los controles de seguridad para la inspección de líquidos, geles, aerosoles y artículos de similar consistencia a partir del 1° de mayo de 2007 son las siguientes:

 

  • Los pasajeros podrán llevar líquidos, geles y/o aerosoles en cantidades limitadas transportados en envases de una capacidad no superior a los 100 ml. (3.4 0z). No se aceptarán líquidos en envases de más de 100 ml. de capacidad aunque el envase no esté totalmente lleno.
  • Los envases deben colocarse en una bolsa plástica transparente que pueda volver a sellarse de una capacidad máxima de 1 litro. Los envases deben entrar cómodamente en la bolsa que deberá estar totalmente sellada.
  • La bolsa plástica debe presentarse en el puesto de inspección para su examen visual. Sólo debe permitirse una bolsa plástica transparente por pasajero.
  • Se harán excepciones para los medicamentos, la leche materna y los alimentos de bebé y para los pasajeros con necesidades de dieta especial.
  • También están exentos los líquidos adquiridos en las tiendas libres de impuesto del aeropuerto o a bordo de las aeronaves, bajo la condición de que tales líquidos estén embalados en un envase plástico sellado y que se presente constancia de la compra.

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