Todas las armas de fuego deben ir correctamente embaladas y en contenedores dispuestos para su transportación.
Dentro del rango de armas de fuego de uso deportivo se aceptan:
1. Un estuche de rifle, con no más de 2 rifles, con o sin mira telescópica, 11 lb (5 kg) de munición, silenciador y herramientas.
2. Dos estuches con pistolas y 11 lb (5 kg) de munición.
3. Un estuche con no más de cinco pistolas pequeñas, 11 lb (5 Kg) de munición, silenciador y herramientas.
4. Copa Airlines además, acepta un estuche con no más de cinco pistolas pequeñas, 11 lb (5 kg) de munición, silenciador y herramientas.
5. Las municiones deben estar empacadas en el empaque original del fabricante o en un empaque de seguridad de metal, madera o fibra.
Para vuelos internacionales, exceptuando los vuelos desde Colombia, por favor considere las siguientes condiciones, que rigen el transporte de armas de fuego como equipo de competencia:
1. El cliente debe demostrar, en un área designada, que el arma ha sido descargada previamente.
2. Las armas de fuego deben ser colocadas en una maleta de cubierta dura, con cerradura.
3. El cargo por transportación en estos vuelos es de US $50.
Para vuelos desde Colombia, se aplican las siguientes condiciones:
1. El cliente que desee transportar un arma y/o munición deberá presentar, sin excepción, su salvoconducto y el pase de abordaje de la aerolínea como constancia del viaje.
2. En vuelos domésticos dentro de Colombia sólo se transportarán armas deportivas por medio del armerillo de la policía nacional.
3. Todo cliente que desee transportar un arma deportiva debe presentar, sin excepción, el pase de abordaje de la aerolínea y una identificación válida y vigente de miembro de la Federación Nacional de Tiro (FEDETIRO).
4. Las armas y/o municiones de uso deportivo se enviarán siempre descargadas y por separado, además de estar debidamente empacadas en estuche especial.
5. Las armas y/o municiones deberán enviarse siempre debidamente documentadas (para esto es necesario diligenciar el formato “comprobante de aforo de armas” de manera completa y clara).
Nota: No están permitidas las municiones con proyectiles incendiarios o explosivos. La pólvora está considerada dentro de los artículos catalogados como Mercancía Peligrosa, y debe ser transportada por carga.